La Asociación de la Magistratura y Funcionariado Judicial reclama a la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia la inmediata actualización de sus haberes y le hace saber la profunda preocupación y malestar que genera la falta de acciones institucionales oficiales ante el Poder Ejecutivo y Legislativo para corregir el Presupuesto de 2024, que no pudo prever los índices inflacionarios del primer semestre. A la grave situación que se expone, se suma el reciente aumento de la alícuota del impuesto a las ganancias, que derivará en acciones judiciales.

Asimismo, exhorta al STJ a efectuar todas las gestiones necesarias, con relación a las jubilaciones que se fijan en valores confiscatorios, para que el Poder Ejecutivo eleve a la Legislatura el Proyecto de Ley elaborado por el ISSyS que corrige los índices de actualización y hace saber que en virtud de la falta de respuesta se estarán iniciando, en los próximos días, las acciones judiciales individuales y colectivas, con el costo que ello significará para la caja previsional de nuestra provincia.

Los/as magistrados/as y funcionarios/as son los/as únicos/as empleados/as públicos que tienen prohibido realizar cualquier otra actividad económica, con la excepción de la docencia universitaria. La disminución de los salarios y de los haberes jubilatorios, constituyen una clara afrenta a la independencia del Poder Judicial, que no puede ser tolerada por la Máxima autoridad del Poder Judicial de nuestra provincia, siendo responsabilidad del Superior Tribunal de Justicia adoptar las medidas necesarias para evitar una crisis salarial y jubilatoria, como la que aquí se denuncia.

Por último, se requiere al STJ realice todas las acciones necesarias ante el Poder Legislativo, con relación al Proyecto de Ley Nro. 152 /24, mediante el cual el Poder Ejecutivo planea modificar el Tribunal Electoral Provincial, proponiendo que el/la secretario/a electoral sea designado por el Poder Ejecutivo con un acuerdo legislativo que se alcanza con una mayoría simple de 14 legisladores/as, desconociendo las potestades propias del Superior Tribunal de Justicia otorgadas por la Constitución Provincial y reglamentadas por la Ley V Nro. 174, asignando al Poder Ejecutivo la facultad de designar un/a funcionario/a judicial, por fuera de lo establecido en la Constitución, vulnerando abiertamente el sistema democrático y republicano de gobierno. Además, se le asigna al Secretario/a Electoral funciones constitucionales que son propias del Tribunal Electoral y la categoría de Juez7a de Cámara, sin cumplir los requisitos que exige dicho cargo.